Personero de los estudiantes

Personero de los estudiantes

“Trabajando juntos por la educación”.

El consejo de estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos.

Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados de la institución. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las primeras semanas del calendario académico, asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de elijan en su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados de ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Quien Lo Compone

Nombre

Representantes 

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

  • Organizar su estructura interna, con orientación especial de los profesores, presididas por la máxima representante de los estudiantes y la personera como fiscal.
  • Elegir representante ante el consejo directivo y asesorarla en el cumplimiento de su presentación.
  • Presentar a través de la mesa directiva, en forma escrita y en la tercera (3) semana de inicio de año, los planes y proyectos, cronogramas de actividades a Rectoría y poder ubicar en el planeamiento institucional.
  • Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección cuando sean requeridas.
  • Representar a la Institución en encuentros interinstitucionales locales, departamentales y nacionales.
  • Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.